¿Cómo funciona la asignación de las UCI COVID y NO COVID en Bogotá?
¿Cómo funciona la asignación de las UCI COVID y NO COVID en Bogotá? ¿Qué hacen los CRUE? ¿Cómo es el proceso?
¡Conoce nuestro micrositio de vacunación!
En esta ocasión queremos resaltar y darte a conocer la labor que cumplen el Centro Regulador de Urgencias y Emergencia CRUE, el cual desde el pasado 16 de junio, en la ciudad de Bogotá, inició la regulación de las Unidades de Cuidado Intensivo e Intermedio ante la emergencia por COVID-19 para pacientes positivos o sospechosos y desde el 23 de julio para los pacientes con diagnostico diferente a COVID que requieran esta complejidad.
¿Qué hacen los CRUE?
Los CRUE son entidades que de la mano de hospitales y clínicas han puesto en marcha planes de contingencia para la pandemia por COVID-19. Además, actúan como el eje de coordinación de la red de salud a nivel territorial, encargándose de hacer seguimiento a la disponibilidad de camas y servicios de salud dispuestos en Colombia no solo para atender el COVID-19, sino también los demás eventos que pueden afectar la salud de las comunidades las 24 horas del día los 7 días de la semana.
¿Cómo es el proceso?
Ante la emergencia por COVID-19 las IPS públicas y privadas habilitadas en la ciudad de Bogotá deben:
- Comunicarse de forma inmediatamente con el CRUE de la Secretaría distrital de salud, donde documentarán los datos y el estado del pacientes COVID-19 sospechosos o positivo y NO COVID, que se encuentre en el servicio de urgencias o de hospitalización y requiera manejo en una Unidad de Cuidados Intensivos o Intermedios.
- Es el CRUE quien direcciona al paciente a la IPS seleccionada según criterio territorial o con mayor disponibilidad del servicio requerido, para lo cual se comunicará con la IPS de destino del paciente.
- Es el CRUE quien decide y autoriza si el paciente puedes hospitalizarse en la Unidad de Cuidados Intensivos o Intermedios de su IPS.
- Es el CRUE quien contactará a la empresa de ambulancia contratada por la EPS para que realice el transporte secundario del paciente en ambulancia medicalizada a la IPS que se defina.
- Las IPS públicas y privadas que tienen habilitados los servicios de Unidad de Cuidado Intensivo e Intermedio no deben reservar camas de estos servicios a ninguna IPS o Empresa Prestadora de Planes de Beneficios sin que medie la intervención del CRUE.
Por último, ten presente que a diario los hospitales y clínicas deben reportar la disponibilidad de camas de cuidados intensivos, intermedios y hospitalización para que el CRUE de manera articulada con los profesionales en salud definan el prestador de servicios de salud adecuado para la atención del paciente.
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